La Asociación de Vecinos ALANA entiende que son totalmente insuficientes las medidas anunciadas por la Concejal de Urbanismo para intentar frenar los posibles fraudes que algunas promotoras podrían estar planeando sobre nuestro barrio.
Antes al contrario, lo anunciado por el actual equipo municipal en el Pleno Municipal del pasado lunes día 31 de julio, al negarse a apoyar una moción del Partido Popular -que pretendía evitar que nuestro barrio se llene de estos apartoteles fraudulentos- y afirmando que al no haber recibido contestación a unas consultas que realizaron a la CAM sobre este tema, entendían que no se podía hacer nada para evitarlo, suponen una clarísima prueba de la falta de voluntad que existe en el Foro Progresista para erradicar estos lucrativos y especulativos negocios.
Por ello, se ha presentado hoy una solicitud (*) en el Ayuntamiento pidiendo a éste que informe a los vecinos de qué tramites reales se han realizado para investigar estos hechos y erradicar los comportamientos fraudulentos detectados, y en qué terminos se ha pedido esa supuesta información a la CAM y sobre todo, si los organismos que han sido consultados tienen o no tienen las funciones consultivas que en el Ayuntamiento pretenden.
La burda estratagema por la que el Ayuntamiento quiere "lavarse las manos" en un asunto de la importancia del tratado no hace mas que poner al descubierto una dejación de funciones en materia de legalidad y disciplina urbanística que resulta muy difícil de entender para los más de 6.000 vecinos que poblamos el barrio y que vemos que el poco suelo que queda para dotarnos de más servicios y crear empleo en la zona, se pierde de esta manera metiendo cada vez a más personas en el barrio y haciendo así que nuestra calidad de vida disminuya.
(*)
PETICIÓN DE INFORMACIÓN MEDIOAMBIENTAL
AL AYUNTAMIENTO DE EL ESCORIAL
La Asociación de Vecinos de Los Arroyos y Navalquejigo, con domicilio en El Escorial…………………………., inscrita en el Registro de Asociaciones de la CAM con el número 26.488 y actuando en su nombre y representación ……………………ante ese Ayuntamiento comparece y, como mejor proceda en Derecho,
EXPONE:
Que en ejercicio del derecho reconocido en la LEY 27/2006, de 18 de julio, por la que se regulan los derechos de acceso a la información, de participación pública y de acceso a la justicia en materia de medio ambiente, por la que se incorporan al derecho español las Directivas 2003/4/CE y 2003/35/CE y el Convenio sobre el acceso a la información en materia de medio ambiente, hecho en Aarhus , el 25 de junio de 1998, ratificado por España el 15 de diciembre de 2004, pongo en conocimiento de ese Ayuntamiento los siguientes,
ANTECEDENTES
Primero.- En el Pleno Municipal celebrado el lunes día 31 de julio, la Sra. Martínez Presa, Concejal de Urbanismo, afirmó que se había paralizado la concesión de una nueva licencia para la construcción de un nuevo apartotel en la entrada de la quinta Fase de Los Arroyos. En esa misma sesión, la Concejal de Urbanismo afirmó que en relación a este apartotel se seguiría el mismo procedimiento que con el anterior que situado en la calle de la Estación , está a punto de abrir sus puertas, manifestando que en aquella ocasión se cursaron escritos a determinados organismos de la Comunidad de Madrid, sin que hasta la fecha dichos organismos hayan contestado.
Segundo.- Que en esta Asociación de Vecinos tras conocerse las presuntas irregularidades que se estaban cometiendo en relación con el Apartotel situado en la calle de La Estación se cursaron varias denuncias, a los organismos que consideramos competentes para conocer de los presuntos fraudes que podrían estar cometiéndose.
En concreto se tramitó una denuncia al Servicio de Inspección – disciplina urbanística- de la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio de la Comunidad de Madrid, por ser este órgano quien resulta competente en conocer las presuntas infracciones que puedan cometerse en este sentido. Rápidamente este organismo se puso en comunicación con nosotros manifestándonos que la prueba de la infracción urbanística, seguramente, no podría acreditarse hasta que de forma efectiva empezaran las propietarios a censarse en tales apartamentos. Estos hechos se ponen en conocimiento de ese Ayuntamiento para que en cumplimiento de su obligación de velar por la legalidad urbanística notifique al organismo competente antes identificado qué personas establecen su vivienda sobre dichos apartamentos.
Se tramitó otra denuncia al Servicio de Inspección de la Dirección General de Turismo de la Consejería de Economía e Innovación Tecnológica por ser dicho organismo competente en conocer de las infracciones que se cometan en materia de Turismo, quienes rápidamente nos contestaron que los hechos denunciados no podían ser sancionados por dicho organismo al no realizar el establecimiento promotor actividad turística de alojamiento.
Finalmente se realizó otra denuncia a la Dirección General de Turismo, también de la Comunidad de Madrid, quien tras expediente sancionador incoado contra la promotora del apartotel nos comunicó recientemente que ha impuesto a la misma una sanción pecuniaria por haber detectado en la misma infracción a los derechos del consumidor. Se adjunta fotocopia del Comunicado de Resolución recibido por si en ese Ayuntamiento existe alguien interesado en conocer las infracciones al consumidor que se cometen dentro de su territorio y por si alguien desea obtener más información sobre el asunto.
Tercero.- Que de todas estas denuncias y de las respuestas obtenidas de todos y cada uno de estos organismos es fácil inferir que el presunto y lucrativo fraude se está cometiendo en su triple vertiente, turística, urbanística y al consumidor –en esta última vertiente ya constatado- pero que, desgraciadamente, la prueba de dicho fraude no podrá obtenerse de forma completa hasta que el mal haya sido ya definitivamente causado, es decir cuando los adquirentes pretendan instalar allí sus viviendas, cuando pretendan aplicar el tipo impositivo del 7 por 100 por el pago del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales momento en que se enterarán que les corresponde abonar un 16 por 100 o cuando se enteren de que no podrán legalmente acceder a los préstamos bonificados que las entidades crediticias conceden para adquirir una vivienda, pues legalmente deberán abonar los tipos impositivos que los bancos establecen para la compra de otros inmuebles distintos a la vivienda.
Todos los organismos ante los que se han tramitado denuncias nos han transmitido su total apoyo en el intento de erradicar estos presuntos fraudes de nuestro municipio y han actuado todos, en el marco de sus competencias, instruyendo los correspondientes expedientes y desplazando a sus inspectores al lugar para investigar los hechos denunciados. Ninguno de ellos nos transmitió que tuvieran funciones consultivas y sí sólo las inherentes a su labor inspectora.
También el Ayuntamiento de Madrid, en el marco de sus competencias dentro de la Concejalía de Urbanismo, al detectar el fraude que se ha cometido allí en casos similares ha empezado a actuar y a perseguir a estos supuestos apartoteles. Ello lo ha hecho, además, sin delegar en órganos que no tienen funciones consultivas la resolución de los asuntos que afectan a la legalidad urbanística por la que dicha Concejalía tiene la obligación de velar. Para ello han dictado instrucciones dentro de esa Concejalía tendentes a evitar el fraude y además por medio de la Coordinadora general de Urbanismo, Doña Beatriz Lobón, ha sido activado un plan municipal contra el fraude en los apartamentos turísticos, señalando entre otras muchas medidas, la referida señora que en ningún caso se regularizarán los hechos consumados, en concreto que “Nunca vamos a recalificar los suelos para legalizar una infracción urbanística”.
Se adjunta fotocopia del artículo publicado el 20/8/2005 en el diario ABC donde se hace un extenso reportaje sobre las muchas cosas que desde un ayuntamiento se pueden hacer, en el marco de sus competencias , para erradicar los usos fraudulentos de estos apartamentos turísticos.
Cuarto.- Que en el Pleno Municipal del pasado día 31 de julio, todos los miembros del Foro Progresista votaron en contra de la propuesta del Partido Popular para que se dictara una ordenanza que regulara para nuestro municipio la actividad de estos apartoteles, precisamente para evitar los fraudes que a través de ellos se están cometiendo, tal y como ya ha sucedido en el Ayuntamiento de Madrid. Los motivos esgrimidos ese día por el Sr. Alcalde fueron el desconocimiento del procedimiento legal que podría seguirse para erradicar estos presuntos fraudes, desconocimiento que según nos pareció entender a algunos de los asistentes, justificaría la inacción más absoluta de los miembros de esa Corporación Municipal, mientras nuestro barrio se llena de apartoteles que finalmente se convierten en viviendas fraudulentas.
El ponciano argumento, carente de la más mínima base tanto lógica, como jurídica, consistió en defender que como ese Ayuntamiento había hecho unas supuestas consultas a ciertos organismos de la CAM y éstos organismos no habían contestado, se consideraban legitimados para permitir el lucrativo y presunto fraude, pues con ello consideraban que la responsabilidad del mismo era de los organismos que no habían contestado.
Resulta, por tanto, imprescindible para que esta Asociación pueda continuar con la denuncia ante los organismos competentes encargados de erradicar este tipo de fraudes de nuestro ordenamiento, acceder a cierta información medio ambiental en poder de ese Ayuntamiento.
Por ello, y en base a los anteriores antecedentes y a la normativa arriba referenciada sobre el acceso a la información de contenido medio ambiental, INTERESO EL CONOCIMIENTO DE LAS SIGUIENTES CUESTIONES todas ellas relacionadas con el medio ambiente:
1º) Copia de los escritos de solicitud cursados por ese Ayuntamiento a esos organismos a los que se dijo se había dirigido para obtener información en relación con la presunta actividad fraudulenta del apartotel situado en la calle de La Estación de Los Arroyos.
2º) Identificación de la norma en virtud de la cual dichos organismos tienen funciones consultivas y por lo tanto si los mismos están o no obligados a contestar a las consultas que les realicen las entidades locales que a ellos se dirijan.
3º) Si con posterioridad al envío de dichas comunicaciones se ha realizado alguna otra gestión tendente a conocer las causas del retraso en la contestación a las que supuestamente estaban obligados dichos organismos.
4º) Información sobre las actuaciones llevadas a cabo en los últimos dos años para investigar, estudiar, o denunciar los hechos.
Por todo lo expuesto,
SOLICITO que, teniendo por presentado este escrito, se digne admitirlo, y, conforme a lo solicitado, acuerde emitir la información que se demanda en el cuerpo del presente escrito.
Al objeto de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 11 de la Ley 27/2006, expresamente se solicita que la referida información le sea enviada al domicilio de la Asociación en formato papel.
Al objeto de establecer el calendario al que se refiere dicha ley en su artículo 10.2.c 1º, se solicita que dicha información le sea facilitada en el plazo máximo de un mes desde la recepción del presente escrito en el Registro municipal.
El Escorial, a 2 de agosto de 2006.