sábado, febrero 25, 2006

Catálogo de Embalses y Humedales de la Comunidad de Madrid: Alegación

Excmo Sr. CONSEJERO DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACION DEL TERRITORIO CONSEJERIA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACION DEL TERRITORIO

Registro

C/ Princesa 3

28008 Madrid



D. XXXXXXX XXXXXXX XXXXXXXXXXX


PPRESENTA

en condición de interesado en el expediente relativo a la revisión del Catálogo de Embalses y Humedales de la Comunidad de Madrid, sometido a Información Pública mediante el Acuerdo de 18 de marzo de 2004 del Consejo de Gobierno, publicado en el BOCM de 30 de marzo de 2004,

la siguiente:

ALEGACIÓN

El Acuerdo referido no incluye humedales de gran importancia ecológica, para la gea, flora, fauna y el paisaje situados en la comarca de El Escorial y sus alrededores, que aún se encuentran sin protección y en los que concurren las circunstancias previstas explícitamente en la Ley 7/1990, de 29 de junio, de protección de Embalses y Zonas Húmedas de Madrid y, por lo que deben ser incluidos en el Catálogo de Embalse y Humedales de la Comunidad de Madrid.

Los humedales que solicitamos se incluyan son los relacionados a continuación, sin perjuicio de la inclusión de otros existentes en la misma comarca y en los que concurren similares características ambientales.

Inclusión de los EMBALSES Y HUMEDALES:

EMBALSE

TÉRMINO MUNICIPAL

CUENCA

SUPERFICIE (Ha.)

Embalse del Guadarrama

Coordenadas UTM: VK102002

San Lorenzo de El Escorial(Embalse contiguo al río tras cruzar la autopista A6)

Guadarrama

2

Embalse del Romeral

San Lorenzo de El Escorial (Abantos)

Aulencia

Embalse del Batán

San Lorenzo de El Escorial (Arroyo del Batán)

Aulencia

Embalse del Boquerón

San Lorenzo de El Escorial

Aulencia

Presa del Infante

San Lorenzo de El Escorial (Abantos)

Aulencia

HUMEDAL

TÉRMINO MUNICIPAL

CUENCA

SUPERFICIE (Ha.)

Presas del Arroyo Ladrón (3 presillas)

Coordenadas UTM: VK114942

El Escorial (Los Arroyos/Navalquejigo)

Aulencia

0,7 0,6 y 0,6

Conjunto Lagunar del Cerro del Oro

(20 lagunas y lavajos)

Coordenadas UTM: VK120993

San Lorenzo de El Escorial

Guadarrama

2

Lavajos de Las Zorreras (8 lavajos)

Coordenadas UTM: VK074975

El Escorial

Aulencia

3

Antiguos meandros del río Guadarrama

Coordenadas UTM: VK103999

San Lorenzo de El Escorial

Guadarrama

4

Lagunas de Las Radas del Tercio

(17 lagunas, 3 de ellas de gran dimensión)

Coordenadas UTM: VK087944 y VK094938

El Escorial

Aulencia

Total: 30

(mayores: 9,5, 6 y 4)

Lagunas y Lavajos del Arroyo Loco

Coordenadas UTM: VK087944 y VK090975

El Escorial (Las Zorreras)

Guadarrama

6

Lagunas de Las Cerdillas

Coordenadas UTM: VK087944

San Lorenzo de El Escorial (El Campillo) / El Escorial (Casa de las Cerdillas)

Guadarrama

7

Dique de Las Zorreras

Coordenadas UTM: VK087944

El Escorial (Las Zorreras)

Guadarrama

1,5

Lagunas de El Chicharrón (8 lagunas)

Coordenadas UTM: VK086983

El Escorial

Perales y Aulencia

5

Dique y lavajos del Prado de la Laguna

Coordenadas UTM: VK077964

El Escorial

Guadarrama

3

Presas del arroyo Guatel (2 presas)

Coordenadas UTM: VK097988

El Escorial

Guadarrama

2,5 y 1,5

Lagunas de Castrejón

El Escorial

Aulencia

Laguna de Prados Moros

(contigua a carreteras A6 y M600)

Guadarrama / San Lorenzo de El Escorial

Guadarrama

1,5

Humedales del arroyo Cebadillas y Navazuelas (9 humedales)

Coordenadas UTM: VK064957

El Escorial

Aulencia

5

Lagunas de Prados Cocineros y Cubillos

(9 lagunas)

Coordenadas UTM: VK063955

El Escorial

Aulencia

6

Lagunas de La Granjilla (5 lagunas y estanques)

Coordenadas UTM: VK057924

El Escorial

Aulencia

10

Con los fines de la Ley:

  • Proteger, conservar y restaurar la gea, la flora y el paisaje de los embalses, zonas húmedas y sus entornos inmediatos.
  • Proteger la calidad de las aguas continentales y, en particular, las destinadas a abastecimiento.
  • Fomentar en sus ámbitos las actividades científicas, educativas, culturales, recreativas y turísticas en armonía con el medio natural

Especies de fauna protegida existentes en los humedales propuestos:

Entre las especies principales de anfibios se pueden encontrar, además de varias especies con diversas figuras de protección como rana común (Rana perezi) y sapo común (Bufo bufo), las siguientes especies incluidas en el Anexo II del Catálogo Nacional de Especies Amenazadas, regulado por el Real Decreto 439/90, de 30 de marzo, catalogadas como especies de Interés Especial:

-sapo corredor (Bufo calamita)

-rana de San Antón (Hyla arborea)

-tritón ibérico (Triturus boscai)

-tritón jaspeado (Triturus marmoratus)

-gallipato (Pleurodeles waltl)

-rana patilarga (Rana iberica)

-sapillo pintojo (Discoglossus galganoi),

-sapo partero (Alytes obstetricans).

En virtud de dicho Real Decreto 439/90, según lo previsto en el Art. 7 del mismo, resulta de aplicación lo dispuesto en los Artículos 31 y 33.1 de la Ley 4/89, es decir, la catalogación de una especie, subespecie o población en la categoría de Interés Especial exigirá la redacción de un Plan de Manejo que determine las medidas necesarias para mantener las poblaciones en un nivel adecuado. Dos de las mismas especies, en concreto, el sapo corredor (Bufo calamita) y la rana de San Antón (Hyla arborea) están amparadas, además, por la Directiva Hábitats 92/43/CEE, del Consejo, de 21 de mayo, y el Real Decreto 1.997/95, de 7 de diciembre, de transposición, al quedar incluidas en dichas normas dentro del conjunto de especies animales y vegetales de interés comunitario que requieren una protección estricta.

Del mismo modo, de las once especies principales de reptiles, ocho de ellas tienen la misma protección expresada anteriormente para los anfibios, según el Anexo II del Catálogo Nacional de Especies Amenazadas regulado por el Real Decreto 439/90, de 30 de marzo, catalogadas como especies de Interés Especial, siendo el caso del galápago, europeo (Emys orbicularis) y del galápago leproso (Mauremys leprosa) especies amparadas, además, por la Directiva 92/43/CEE, del Consejo, de 21 de mayo, y el Real Decreto 1.997/95, de 7 de diciembre, de transposición, al quedar incluidas en estas normas dentro de las especies animales y vegetales de interés comunitario que requieren una protección estricta. También catalogadas de Interés Especial en el Catálogo Nacional se encuentran: culebra viperina (Natrix maura), eslizón tridáctilo (Chalcides chalcides), culebra lisa meridional (Coronella girondica), culebra de escalera (Elaphe scalaris), culebra bastarda (Malpolon monspessulanus), Culebrilla ciega (Blanus cinereus), lagarto ocelado (Lacerta lepida),

Caben destacar las mariposas: en el Catálogo Regional de especies protegidas parece la Parnassius apollo, subespecie escalerae (exclusiva de la Sierra de Guadarrama) Clasificado en la categoría A En peligro de extinción [Ley 2/91 de la Comunidad de Madrid, (1991) y Decreto 18/92, de 1992], y considerada por los estudios de la Comunidad de Madrid como “muy valiosa”, cuyas pequeñas poblaciones se encuentran muy aisladas, en particular ha sufrido un gran retroceso en San Lorenzo de El Escorial. Las orugas se alimentan de plantas de los géneros Sedum, Sempervivum, Saxifraga y Bryophyllum. También existen otras mariposas en la zona afectada y protegidas por la Comunidad de Madrid, y calificadas como Sensibles a la alteración de su hábitat Vulnerables, o de Interés Especial.

Sin embargo, el grupo faunístico con mayor representación de especies protegidas son las aves, ya que las praderías adehesadas, encharcadas o no, constituidas principalmente por fresnos, también amparadas por la Directiva 92/43/CEE, del Consejo, y el Real Decreto 1.997/95, de 7 de diciembre, quedan incluidas dentro de los tipos de hábitats naturales de interés comunitario para cuya conservación es necesario designar zonas especiales de conservación, por tratarse de un hábitat correspondiente a prados ibéricos silíceos. En este tipo de hábitat se pueden otear más de treinta y una especies de aves con la categoría de estrictamente protegidas, según se recoge en el Anexo II, del Convenio Internacional de Berna, ratificado por el Estado Español, relativo a las especies de fauna silvestre sujetas a normas de protección estricta, como es el caso del buitre negro (Aegypius monachus), buitre leonado (Gyps fulvus), milano negro (Milvus migrans), milano real (Milvus milvus), cigüeña blanca (Ciconia ciconia), garza real (Ardea cinerea), autillo (Otus scops) y avefría (Vanellus vanellus), cárabo (Strix aluco), pito real (Picus viridis), abubilla (Upupa epos), oropéndola (Oriolus oriolus), agateador común (Certhia brachydactyla), carbonero común (Parus major), cuco (Cuculus canorus), ruiseñor común (Luscinia megarhyncho)…

La cigüeña negra (Ciconia nigra) está, además, catalogada en el mismo Real Decreto, como especie en peligro de extinción e incluida en el Anexo I de la Directiva 7914091CEE, de Aves silvestres, catalogada como especie objeto de medidas de conservación del hábitat. Todas ellas están incluidas en el Anexo II, relativo a especies y subespecies de Interés Especial del Real Decreto 439/1990, de 30 de marzo, por el que se regula el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas, y muchas además en el CATÁLOGO REGIONAL DE ESPECIES AMENAZADAS de la Comunidad de Madrid (Decreto 18/92, B.O.C.M. nº 85, 9 abril 1992) con el carácter de Vulnerable (cigüeña blanca, milano real), de Interés Especial (buitre leonado) y en Peligro de Extinción (cigüeña negra, buitre negro), constituyendo así ecosistemas de elevada calidad, fragilidad y complejidad.

También existen en la zona afectada vertebrados protegidos como el Murciélago común (Pipistrellus pipistrellus), de Interés Especial tanto en el Catálogo Nacional como en el Regional, y Murciélago ratonero (Myotis myotis), de Interés Especial en el Catálogo Nacional y Vulnerable en el Catálogo Regional.

SOLICITO que teniendo por presentado el escrito, se una al expediente de referencia y sea tomado en cuenta al dictar la oportuna resolución.

En San Lorenzo de El Escorial, a 30 de abril de 2004

Firmado:

ANEXOS:

1 anexo con legislación aplicable en esta alegación

4 planos con varios de los complejos lagunares indicados


ANEXO I

Legislación ambiental afectada por la Ampliación del Catálogo y en la que se basa esta Alegación

- CITES. Convención de Washington sobre Comercio Internacional de especies de Fauna y Flora Salvaje amenazadas de Extinción, 1973 ("Boletín Oficial del Estado" de 30 de julio de 1986).

- Convenio de Berna de 19 de septiembre de 1979 relativo a la Conservación de la Vida Silvestre y el Medio Natural en Europa, ratificado por España el 13 de mayo de 1986 ; B.O.E. 1 octubre de 1986.

-Convenio de Bonn, de 1979, sobre Conservación de Especies Migratorias de Animales Silvestres; dentro del Programa de Medio Ambiente de la O.N.U. ("Boletín Oficial del Estado" de 29 de octubre de 1985).

-Convenio de Río de Janeiro sobre Diversidad biológica, de 5 junio de 1992.

-Estrategia paneuropea de Diversidad Biológica y Paisajística. Consejo de Europa, 17 mayo de 1995.

-Directiva 92/43/CEE de Hábitats, sobre la Conservación de Hábitats Naturales y de la Fauna y Flora Silvestres ("Diario Oficial de las Comunidades Europeas" L. 206, de 22 de julio de 1992).

- Directiva de Aves 79/409/CEE, sobre la protección de todas las especies de Aves Silvestres que viven normalmente en la Comunidad ("Diario Oficial de las Comunidades Europeas" L. 103, de 25 de abril de 1979).

-Ley 4/1989 de 27 marzo de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna silvestre. ("Boletín Oficial del Estado" de 28 de marzo de 1989).

-Real decreto 439/1990, de 30 de marzo, por el que se regula el Catálogo Nacional de Especies Amenazadas. B.O.E. nº 82, 1990, de 5 de abril.

-Ley 41/1997, de 5 de noviembre, de Conservación de los Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres. B.O.E. nº 266, 1997, de 6 de noviembre.

-Ley 2/1991 de 14 de febrero para la Protección y y Regulación de la Fauna y Flora Silvestres en la Comunidad de Madrid. B.O.C.M. nº 54, de 5 de marzo.

-Ley 16/1995, Forestal y de protección de la naturaleza de la Comunidad de Madrid.

-Decreto C.M. 22/1985 Decreto de la Comunidad de Madrid 22/1985 de 1 de marzo.

-Decreto C.M. 20/1989 Decreto de la Comunidad de Madrid 20/1989 de 2 de diciembre.

-Decreto C.M. 18/1992 de 16 de marzo, por el que se aprueba el Catálogo Regional de especies amenazadas de fauna y flora silvestres. B.O.C.M. nº 85, de 9 abril de 1992.

-Ley 10/1991, de 4 de abril, para la Protección del Medio Ambiente (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 18 de abril de 1991).

-Ley 16/1995, de 4 de mayo, Forestal y Protección de la Naturaleza en la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID de 30 de mayo de 1995).

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