PLAN DE ORDENACIÓN DE RECURSOS NATURALES (PORN)
DEL PARQUE SIERRA DE GUADARRAMA
BOLETIN OFICIAL DE LA COMUN IDAD DE MADRID
(BOCM Núm. 34, JUEVES 10 DE FEBRERO 2006, PAG 55 y 56)
CONSEJERÍA DE MEDIO AMBIENTE Y ORDENACIÓN DEL TERRITORIO
497 RESOLUCIÓN DE 8 DE FEBRERO DE 2006, DEL DIRECTOR GENERAL
DEL MEDIO NATURAL, POR LA QUE SE SOMETE A LOS TRÁMITES DE
AUDIENCIA A LOS INTERESADOS Y DE INFORMACIÓN PÚBLICA EL
PLAN DE ORDENACIÓN DE LOS RECURSOS NATURALES DE LA SIERRA
DE GUADARRAMA EN EL ÁMBITO TERRITORIAL DE LA COMUNIDAD DE
MADRID.
El procedimiento de elaboración de los Planes de Ordenación de los Recursos Naturales viene regulado en el artículo 6 de la Ley 4/1989, de 27 de marzo, de Conservación de Espacios Naturales y de la Flora y Fauna Silvestres.
El citado artículo 6 previene que dicho procedimiento de elaboración de los Planes incluirá necesariamente trámites de audiencia a los interesados, información pública y consulta de los intereses sociales e institucionales implicados y de las asociaciones que persigan el logro de los principios inspiradores recogidos en el artículo 2 de la mencionada Ley 4/1989. En consecuencia, una vez elaborado el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Sierra de Guadarrama en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid y de conformidad con lo establecido en los artículos 59.6.a), 84 y 86 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
RESUELVO
Primero
1. Dar audiencia por un plazo de quince días a los interesados y proceder a consulta de las asociaciones e intereses sociales e institucionales implicados en el procedimiento de elaboración del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Sierra de Guadarrama en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
2. A efectos de notificación de la presente Resolución es de aplicación lo dispuesto en el artículo 59.6.a) de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, sustituyéndose la notificación personal por la publicación de este Acuerdo, al ir dirigido el acto en cuestión a una pluralidad indeterminada de personas.
Segundo
Someter a información pública, durante el plazo de un mes, el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de la Sierra de Guadarrama en el ámbito territorial de la Comunidad de Madrid.
Tercero
A los efectos de esta Resolución tendrá la consideración de interesados y demás sectores sociales implicados, aquellos a los que el artículo 31 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común,
atribuye esta condición.
Cuarto
Esta Resolución se publicará en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID. Los plazos señalados en los apartados primero y segundo se contarán a partir del día 14 de febrero de 2006.
Quinto
1. La documentación relativa al Plan de Ordenación citado puede ser examinada en la Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, Servicio de Espacios Naturales Protegidos, calle Princesa numero 3, planta octava, 28008 Madrid, y en la página web de la Comunidad de Madrid: www.madrid.org y en los Ayuntamientos del ámbito territorial del citado Plan, que son los siguientes:
Alameda del Valle,
Alpedrete,
Becerril de la Sierra,
Braojos de la Sierra,
Buitrago del Lozoya,
Bustarviejo,
Canencia,
Cercedilla,
Collado Mediano,
Collado Villalba,
El Boalo,
Garganta de los Montes,
Gargantilla del Lozoya y Pinilla de Buitrago,
Gascones,
Guadarrama,
Horcajo de la Sierra,
La Acebeda,
La Cabrera,
La Serna del Monte,
Los Molinos,
Lozoya del Valle,
Lozoyuela - Navas-Sieteiglesias,
Manzanares el Real,
Miraflores de la Sierra,
Moralzarzal,
Navacerrada,
Navarredonda y San Mamés,
Pinilla del Valle,
Piñuécar-Gandullas,
Rascafría,
Robregordo,
San Lorenzo de El Escorial,
Santa María de la Alameda,
Somosierra,
Soto del Real,
Valdemanco, y
Villavieja del Lozoya.
2. Los interesados podrán formular por escrito las alegaciones y observaciones que estiman oportunas, dirigidas al Consejero de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio, y presentarlas dentro de los plazos señalados en el Registro de la citada Consejería de Medio Ambiente y Ordenación del Territorio (calle Princesa, numero 3, planta primera) o por cualquiera de los medios previstos al efecto en el artículo 38.4 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común.
Madrid, a 8 de febrero de 2006.
El Director General del Medio Natural, Miguel Allué-Andrade Camacho.
(03/3.439/06)
viernes, febrero 10, 2006
Suscribirse a:
Enviar comentarios (Atom)
No hay comentarios:
Publicar un comentario